Fotografía © Miguel Castaño |
Lo primero que hemos que precisar es que el color azul, como tal, no es un color litúrgico. En efecto, son colores litúrgicos todos y solos aquellos que se prescriben en el punto 347 de la actual Instrucción General del Misal Romano, a saber, el blanco, el verde, el rojo, el morado, el negro y el rosado. El color azul es, hablando en puridad, un privilegio litúrgico. Esta distinción no es quisquillosa ni rebuscada, dado que según un venerable principio litúrgico, "todo aquello que en la liturgia no es obligatorio, está prohibido". El sentido del privilegio litúrgico es precisamente ser una excepción a una ley general, privilegio concedido por la Santa Sede de lo cual puede hacerse uso o no; esto es lo que lo distingue esencialmente de los colores litúrgicos facultativos como el rosáceo o el negro, que no constituyen excepciones, sino posibilidades ad libitum pero que figuran explícitamente en el conjunto de normas litúrgicas de la Iglesia.
El privilegio de poder emplear el color azul no es, sin embargo, el único concedido a España. Existe un breve pontificio, Ad hoc nos, rubricado por San Pío V (al que se añade el Pastoralis officii de Gregorio XIII) en el que se compendian todos los privilegios litúrgicos otorgados a nuestra nación, muchos de los cuales si bien han caído en desuso no debería ser óbice para conocerlos. Tales privilegios son el fruto de centenarias costumbres litúrgicas españolas -y no tanto una concesión graciosa en recompensa a determinados "méritos" como en ocasiones parece interpretarse- que recibieron tal reconocimiento después de haber sido solicitada la continuación de tales usos. Algo semejante ha sucedido con el color azul, que aún antes de la concesión del privilegio se habría comenzado a ser utilizar. Su uso resulta muy anterior a la misma proclamación del dogma por parte de Pío IX; por lo que parece,se comenzaría a utilizar en Sevilla al menos a raíz de la polémica entre maculistas e Inmaculistas en el siglo XVII. El primer reconocimiento de la posibilidad de usar este color tendría lugar en 1817, cuando Pío VII concedió su uso a la catedral de Sevilla para la fiesta de la Inmaculada y su octava. En 1879 la Sagrada Congregación de Ritos extendería este permiso a toda la archidiócesis hispalense. Finalmente el doce de febrero de 1883 según decreto promulgado por la Sagrada Congregación de Ritos se concede su uso las diócesis españolas y sus territorios para la solemnidad de la Inmaculada, su octava, y las misas votivas. Desde la supresión de la octava de la Inmaculada ya en el misal promulgado por Juan XXIII en 1962 acorde a las rúbricas de la instrucción Rubricarum instructum, el color azul queda reducido a la solemnidad de la Inmaculada y a las misas votivas de la Inmaculada. Y para las diócesis españolas, según lo que hemos indicado más arriba, cualquier otro uso está prohibido. No pensemos, sin embargo, que es nuestro país el único en el que veremos emplear vestiduras azules. Los antiguos territorios del Reino de Baviera (actual Estado Libre de Baviera) lo tiene concedido para la festividad de Santa María Reina y en Portugal para las fiestas de la Inmaculada y la Asunción. En todo caso, el uso abusivo de este color fuera de las fechas para las que está concedido supone desdibujar su sentido y el origen del privilegio: la devoción multisecular del pueblo español a la Inmaculada y la defensa del dogma. Fue precisamente en la archidiócesis de Sevilla, en el convento de San Antonio de Padua donde se conservarían -según la tradición- los más antiguos ornamentos confeccionados en color azul para celebrar a la Inmaculada.
Y es un color muy a propósito para celebrar este misterio. Es el azul quizá el más inmaterial y profundo de los colores. Recuerda al cielo, al agua, al aire, al cristal; Por eso también se habría usado en la liturgia cristiana medieval durante el tiempo de Pentecostés pues el símbolo del Espíritu Santo es el aire, el más inmaterial de los elementos, pues "Spiritus ubi vult, spirat". El azul intenso quiere expresar de este modo el desapego a los valores mundanos y la ascensión del alma que tiende hacia lo divino, como nos enseña Efrén el Sirio : “Hoy María se ha hecho cielo y ha traído a Dios, porque en Ella ha descendido la excelsa divinidad y ha hecho morada."Por eso, junto al blanco, es el color de la Inmaculada Concepción. Representa ese encuentro del cielo con la tierra en las Virgen ya concebida sin mancha, que anuncia esa fusión del cielo y la tierra, las dos partes del eje cósmico, unidos para acoger esa autocomunicación divina, y así se expresa de manera elocuente que Dios Padre ante la previsión de los méritos de María la haya querido adornar con este singularísimo privilegio.
D. José Ripoll
Párroco y asesor para la Forma Extraordinaria del Rito Romano
Creo que las cofradías de la Medalla Milagrosa también tienen el privilegio para su fiesta y votivas. ¿Es cierto?
ResponderEliminarSegún el "Manual de Liturgia Sagrada" del p. Gregorio Martínez de Antoñana CMF: "Ni fiestas de Lourdes ni Medalla Milagrosa"
EliminarMe ha encantado el artículo, felicidades. No obstante, necesito el dato concreto de la referencia tanto al privilegio como a la restricción de uso sobre el color azul, para un trabajo académico. En el misal de 1962 no encuentro ninguna referencia al color azul. ¿Podrían proporcionarme el dato? Gracias!
ResponderEliminarEn el "Manual de Liturgia Sagrada" del P. Antoñana indica que la fuente es el Decreto 4083 de la Sagrada Congregación de Ritos, hoy Congregación para el Culto Divino y Disciplina de los Sacramentos. Espero que le haya servido de ayuda esta información. Un saludo y gracias por comentar.
EliminarHe mirado el decreto y no es lo que busco.
EliminarEl decreto 4083 de la SCR es del 12 de septiembre de 1901. Responde a una duda sobre si se puede usar el azul en una "Misa de Vigilia de la Inmaculada Concepción de la Virgen María" y se responde que sí.
He mirado el Manual del p. Antoñana por si acaso había una errata y no, no la hay. Así que no sé que pasa...
Más extraño aún, en los libros de la SCR ("Decreta authentica etc...) correspondientes a 1883 tampoco se recoge ningún decreto el 12 de febrero. Supongo que estará en algún otro sitio, pero no lo sé encontrar.
No obstante, según su artículo, la última información es que el azul está restringido a la Solemnidad de la Inmaculada y a las misas votivas de la Inmaculada. Y dado que se eliminaron también en la reforma del misal las misas voticas a la Inmaculada Concepción, queda sólo su uso para la Solemnidad de la Inmaculada. ¿me equivoco?